Modificaciones a la Ley del Impuesto a la Renta, a fin de incorporar nuevos métodos para establecer el valor de mercado de los valores mobiliarios

Modificaciones a la Ley del Impuesto a la Renta, a fin de incorporar nuevos métodos para establecer el valor de mercado de los valores mobiliarios

El 26 de marzo de 2022, se publicó en el Diario Oficial El Peruano el Decreto Legislativo No. 1539 (en adelante, el “DL No. 1539”) que modifica la Ley del Impuesto a la Renta (en adelante, el “IR”) a fin de incorporar nuevos métodos para establecer el valor de mercado de los valores mobiliarios en operaciones entre terceros no relacionados.

Mediante esta disposición se modificó el numeral 2 del artículo 32 de la Ley del IR a efectos de establecer lo que se considera valor de mercado, cuando no resulte aplicable el valor de cotización. 

 

Tomando en cuenta que en el caso de valores que cotizan en Bolsa o en algún mecanismo centralizado de negociación, la regla aplicable continúa siendo que el valor de mercado será el que resulte mayor entre el valor de transacción y el valor de cotización, de no resultar aplicable el valor de cotización, se considerará valor de mercado a lo siguiente:



Tareas por ejecutar ✔

A partir del 2023, tener en consideración las nuevas reglas sobre determinación de valor de mercado en la venta de acciones y otros valores mobiliarios en operaciones con terceros no relacionados. Especial consideración merecerá la aplicación del método de flujo de caja descontado, recientemente incorporado para estos efectos.

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    Resumen

    Conoce las modificaciones a la Ley del Impuesto a la Renta, con el fin de incorporar nuevos métodos para establecer el valor de mercado de los valores mobiliarios, según el Decreto Legislativo No. 1539 publicado en el Diario Oficial El Peruano.

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