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No corresponde el pago de indemnización por daños y perjuicios si el despido se produce dentro del periodo de prueba

No corresponde el pago de indemnización por daños y perjuicios si el despido se produce dentro del periodo de prueba

Mediante Casación Laboral No. 26595-2019, de fecha 16 de agosto de 2022, en aplicación del artículo 10° del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo No. 728, que regula el periodo de prueba, se determinó que no corresponde el pago de indemnización por daños y perjuicios si el despido se produce dentro del periodo de prueba, pese a que el trabajador haya renunciado previamente a otro empleo para acceder a este. 

A su vez, la Corte Suprema refiere que, si bien la norma precitada establece que el periodo de prueba es de tres meses, se posibilita a las partes a que puedan pactar un término mayor, siempre y cuando dicho periodo sea justificado atendiendo a la naturaleza de la labor o el grado de responsabilidad atribuido al trabajador. Así, la Sala Suprema resalta que el periodo de prueba puede extenderse hasta 6 meses en el caso de los trabajadores de confianza, y hasta 12 meses en caso de personal de dirección. 

 

Fuente: Casación Laboral No. 26595-2019



Resumen

Se determinó que no corresponde el pago de indemnización por daños y perjuicios si el despido se produce dentro del periodo de prueba, el cual puede extenderse hasta 6 meses en el caso de trabajadores de confianza y hasta 12 meses en caso de personal de dirección. Conoce más sobre el tema en este artículo.  
 

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