Tribunal de Fiscalización laboral deja sin efecto multa impuesta en principios de verdad material,


Tribunal de Fiscalización laboral deja sin efecto multa impuesta en aplicación de los principios de verdad material, presunción de veracidad y razonabilidad, al no haberse valorado adecuadamente la documentación presentada por la empresa en etapa inspectiva.

En la resolución bajo comentario el Tribunal de Fiscalización Laboral verificó que ninguna de las instancias previas valoró la documentación presentada por la empresa en atención a los requerimientos de información que se le formularon, procediendo a rechazarla o tener por incumplido el requerimiento sin mayor valoración solo por su denominación.

En ese sentido, el Tribunal señaló que, en atención a los principios de verdad material, presunción de veracidad y razonabilidad se debe presumir la veracidad y certeza de los documentos presentados por los administrados hasta que la Administración no determine su carácter insuficiente, adulterado, falso o ineficaz, de modo que luego de su valoración se determine si, en efecto, el documento no cumple con lo requerido o si corresponde solicitar mayor información. Ello, atendiendo además a la finalidad de la labor inspectiva como es la verificación del cumplimiento de las normas sociolaborales.

Fuente: Resolución No. 796-2022-SUNAFIL/TFL-Primera Sala


Resumen

El Tribunal de Fiscalización Laboral verificó que ninguna de las instancias previas consideró la documentación presentada por la empresa en atención a los requerimientos de información que se le formularon, procediendo a rechazarla o tener por incumplido el requerimiento sin mayor valoración solo por su denominación. Conoce más sobre el tema en este artículo. 
 

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