EY se refiere a la organización global, y puede referirse a una o más, de las firmas miembro de Ernst & Young Global Limited, cada una de las cuales es una entidad legal independiente. Ernst & Young Global Limited, una compañía británica limitada por garantía, no brinda servicios a los clientes.
Cómo EY puede ayudar
- Resolución de Sala Plena N° 001-2021-SUNAFIL/TFL (Demora en la respuesta de requerimientos de información). – La entrega de información fuera del plazo otorgado y que por su volumen o complejidad no permita al inspector analizarla, contraviene el principio de buena fe al frustrar la inspección, de modo que será considerada como una infracción muy grave a la labor inspectiva.
- Resolución de Sala Plena N° 002-2021-SUNAFIL/TFL (Razonabilidad en Medidas de Requerimiento de pago). - El inspector deberá valorar el impacto económico de los mandatos de pago contenidos en la Medida de Requerimiento y su proyección sobre la situación económica del empleador. Asimismo, es el empleador quien deberá acreditar la precariedad de su situación económica, pudiendo incorporar medios probatorios que sustenten dicha condición.
- Resolución de Sala Plena N° 002-2022-SUNAFIL/TFL (Análisis de las medidas inspectivas de requerimiento). - El análisis de la legalidad, razonabilidad y proporcionalidad de la medida inspectiva de requerimiento debe encontrarse estrictamente vinculado a su origen y debe referirse a la obligación material (reflejada en una infracción muy grave) que justifique su emisión.
- Resolución de Sala Plena N° 003-2022-SUNAFIL/TFL (Requisitos de validez de los recursos de revisión). – Toda afectación a alguno de los principios del Título Preliminar del TUO de la LPAG, debe encontrarse vinculada con una infracción de naturaleza muy grave (presupuesto de competencia material del TFL). En ese sentido, todo recurso de revisión que no siga dicha pauta será declarado improcedente.
- Resoluciones de Sala Plena N° 001-2021-SUNAFIL/TFL y 004-2022-SUNAFIL/ TFL (Jornadas acumulativas excepcionales por COVID-19). – El criterio que convalida los acuerdos que aprobaron jornadas acumulativas extraordinarias se debe extender a los supuestos en donde se compruebe que, durante los meses iniciales de la pandemia, se haya acudido a medidas realmente extraordinarias para enfrentar la rápida propagación del Coronavirus y el riesgo grave a la vida y a la salud que este implicaba.
Fuente: Resolución de Sala Plena N° 008-2023-SUNAFIL/TFL