Man performing civil experiment

Se publica la Ley No. 31550 sobre la jubilación de los trabajadores de construcción civil

El 11 de agosto se procedió a realizar la publicación de la Ley No 31550 la cual busca establecer normas para la jubilación de los trabajadores de construcción civil. Estableciendo requisitos para acceder a una pensión de jubilación por parte de los trabajadores del régimen especial de construcción civil.

Aplicando los siguientes requisitos para acceder a una pensión de jubilación por parte de los trabajadores del régimen especial de construcción:

  • Haber cumplido 55 años de edad.
  • Acreditar 180 meses de prestación de servicios con aportes a un sistema de pensiones; de los cuales, por lo menos 72 meses deben haber sido prestados en la actividad de construcción civil.

Cabe resaltar, que para efectos del cálculo del monto pensionario de jubilación se considera las 60 últimas remuneraciones o ingresos asegurables percibidos. El monto de la pensión de jubilación es calculado según el régimen previsional que corresponda.

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