Al respecto, la NIC 37 (“Provisiones, pasivos contingentes y activos contingentes”) brinda como ejemplo de estos activos a una reclamación que una compañía esté llevando a cabo a través de un proceso judicial y cuyo desenlace es incierto.
En ese sentido, los activos contingentes no se deben reconocer en los estados financieros, ya que esto podría significar el reconocimiento de un ingreso que quizá nunca se llegue a realizar. Ello, salvo que la realización de este sea prácticamente cierta, debido a que, en ese caso, el activo correspondiente deja de ser contingente, y se debe reconocer en los estados financieros.
Asimismo, cuando la entrada de beneficios económicos a la compañía por causa de la existencia de activos contingentes es probable, se deberá revelar en las notas de los estados financieros una breve descripción de la naturaleza de los mismos al final del periodo sobre el que se informa y, cuando sea posible, una estimación de sus efectos financieros, siendo medidos mediante los principios establecidos para las provisiones.
En caso de que la entrada de beneficios económicos a la compañía pase a ser prácticamente cierta, se procederá al reconocimiento del ingreso y del activo en los estados financieros del periodo en el que dicho cambio haya tenido lugar.
Finalmente, no debemos olvidar que los activos contingentes deben ser evaluados de forma continua, con el fin de asegurar que su evolución se refleja apropiadamente en los estados financieros de la compañía.