El almacenamiento está viviendo un momento crítico de desarrollo, con diversas circunstancias que apuntan a su eclosión definitiva
Las vacaciones de verano suelen ser un momento propicio para levantar un poco la vista del día a día y pensar en los retos que, de cara al nuevo año escolar, debemos o deberíamos enfrentar. En este sentido, uno de los principales temas que tendrán que ser objeto de reflexión y regulación por el nuevo Gobierno es el relativo al almacenamiento de energía en España. Nos referimos fundamentalmente al almacenamiento en baterías (dejando de lado tecnologías muy relevantes pero menos generalizables como el bombeo).
Puede decirse que el almacenamiento está viviendo un momento crítico de desarrollo, con diversas circunstancias que apuntan a su eclosión definitiva. Por un lado, la mayor integración de energía renovable, especialmente solar, con patrón de producción intermitente y muchas veces simultáneo hace pensar automáticamente en el almacenamiento como solución tanto para el inversor (puesto que supone una suerte de seguro contra los precios bajos del mercado en las horas de mayor generación renovable) como para el gestor de la red (que dispone de una herramienta más para dar flexibilidad y estabilidad al sistema).
Por otro lado, desde una perspectiva europea, el desarrollo de mecanismos de capacidad en el nuevo diseño del mercado de la energía es uno de los puntos en los que coinciden todos los actores que se han manifestado hasta ahora, y son un elemento destacado en la propuesta de reforma presentada por la Comisión Europea.
Sin embargo, lo cierto es que hoy existen trabas que impiden que esta tecnología alcance el nivel de desarrollo al que parece abocada, y que contrasta además con los ejemplos de otros países como Italia (con más de 1,6 GW para 2024) o Reino Unido (2,4 GW de baterías ya conectadas). También contrasta con los objetivos marcados en la hoja de ruta (que prevé 20 GW de almacenamiento en 2030) y en el borrador del PNIEC (que prevé 22 GW, si bien incluyendo bombeo y termosolar).
Regulatoriamente, la instalación de baterías está solamente prevista como posibilidad de hibridación en plantas existentes o en desarrollo, y para almacenar la energía generada por dichas plantas. La posibilidad de establecer baterías “stand alone”, desvinculadas de instalaciones de producción y con la capacidad de absorber también energía de la red para almacenarla, no tiene regulación específica en nuestro sistema, y el mero hecho de que requieran un nuevo acceso y conexión en igualdad de condiciones a un proyecto de generación hace muy difícil considerar un desarrollo de estas características con los mimbres actuales.
Tampoco hoy las diferencias de precio entre los momentos de pico y suelo frente a los costes de suministro e instalación de las baterías justifican la instalación de estos sistemas desde la perspectiva del inversor puramente privado. Sin embargo, es evidente que, si se espera a que existan dichas diferencias de precio, tal estrategia de regulación tendrá un impacto directo en el número de proyectos de renovables que se instalarán en nuestro país: cuanto más alta sea la expectativa de generalización de las temidas “curvas de pato”, mayor será la dificultad de los proyectos para lograr financiación. La consecuencia lógica será la disminución del número de éstos que finalmente se conecten.
Por eso tiene sentido desde el punto de vista regulatorio la adopción de políticas de apoyo de estas inversiones. Bajo mi punto de vista, ello implicaría, por un lado, la aprobación de un régimen específico para el almacenamiento “stand alone” que tenga en cuenta los beneficios para el sistema de estos proyectos a los efectos de acceder a capacidad de acceso y conexión. Existen cerca de 20 GW de capacidad de acceso a lo ancho de España, reservados para unas subastas que responden indudablemente a una buena intención, pero que para muchos actores del sector, que llevan 3 años esperándolas, empiezan a parecerse al agua y a las frutas de Tántalo. ¿No tendría sentido liberar ya parte de esa capacidad, si se quiere por medio de subastas -sencillas a ser posible- para proyectos de almacenamiento “stand alone”?
Por otro lado, implicaría también el establecimiento de un sistema de apoyo financiero, a través de mecanismos de capacidad, que incentive la inversión. Como se ha mencionado, la estabilidad y flexibilidad que otorgan las baterías son un beneficio para el sistema en su conjunto que justifica la aprobación, en línea con la Unión Europea, de mecanismos de apoyo. De nuevo, países como Italia o Gran Bretaña son ejemplos de lo que un sistema competitivo de mecanismos de capacidad puede hacer para el desarrollo de dicha capacidad de almacenamiento. Ello debería complementarse con la participación de estas instalaciones en los servicios complementarios y los mercados existentes.
Veremos qué pasos se van dando en los próximos meses. Ojalá seamos capaces entre todos de poner los medios para que la promesa de la energía renovable en España se haga realidad.
Publicado en El Economista