Estrenamos 2024 y estamos a unos meses del relevo de la Comisión Europea, que se producirá tras las elecciones al Parlamento Europeo de junio de este año. Habrá, por lo tanto, una nueva configuración de estas dos instituciones europeas, las que, junto con el Consejo, determinarán en gran medida, el devenir de los europeos para los próximos 5 años, y más allá.
Es por ello un buen momento de hacer balance. Balance de los pasos de gigante dados en materia de sostenibilidad por la Comisión Von der Leyen. Y de no olvidar, tampoco, que el desarrollo sostenible debe equilibrar los aspectos medioambientales, sociales y económicos.
En materia medioambiental hay que destacar el Reglamento (UE) 2021/1119 del Parlamento Europeo y del Consejo de 30 de junio de 2021 por el que se establece el marco para lograr la neutralidad climática («Legislación europea sobre el clima») que nos obliga a alcanzar la neutralidad climática en 2050, y a una reducción de nuestras emisiones, sobre las de 1990, del 55% en 2030.
La asunción de estos objetivos ha venido acompañada de la ingente legislación necesaria para alcanzarlos, afectando a todos los sectores económicos. En julio de 2021 la Comisión presentó el conocido paquete Fit for 55: «Objetivo 55»: cumplimiento del objetivo climático de la UE para 2030 en el camino hacia la neutralidad climática, hoy ya aprobado y en vigor.
Disponemos de legislación climática que, debidamente implementada, permitirá que la UE reduzca incluso más del 55% sus emisiones en 2030 sobre las de 1990. Se destaca el Reglamento (UE) 2023/956 del Parlamento Europeo y del Consejo de 10 de mayo de 2023 por el que se establece un Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono, que persigue evitar la deslocalización de nuestra economía, al tiempo que trata de incidir en los compromisos climáticos de nuestros socios comerciales.
Al reto climático se suma el reto de pérdida de biodiversidad. Si la COP 21 de cambio climático culminó en diciembre de 2015 con el Acuerdo de París, la COP 15 de biodiversidad celebrada en Montreal en diciembre de 2022 hizo lo propio con el Marco Mundial de Kunming-Montreal para la Diversidad Biológica.
La Comisión presentó en junio de 2022 la propuesta de ley de restauración de la naturaleza, a similitud de la ley europea del clima, como marco normativo que haga frente a la pérdida de biodiversidad y a la degradación de los ecosistemas. En estos momentos, logrado finalmente un acuerdo entre el Consejo y el Parlamento Europeo, no exento de dificultades por sus muchas repercusiones sobre numerosas actividades económicas, especialmente por el impacto que pudiera tener en nuestra soberanía alimentaria, está pendiente de los últimos trámites previos a su publicación y entrada en vigor.
Con respecto a la dimensión social, se destacan dos normas mediante las que la UE persigue, también, que su mercado sea un incentivo que extienda el respeto a los derechos humanos en nuestras fronteras y más allá de ellas: la primera es la propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo sobre diligencia debida de las empresas en materia de sostenibilidad y por la que se modifica la Directiva (UE) 2019/1937 [1] la segunda propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se prohíben en el mercado de la Unión los productos realizados con trabajo forzosos, ambas aún en negociación.
La dimensión gobernanza se ve ampliamente reforzada por tres iniciativas. La primera de ella es la Directiva 2022/2464 de 14 de diciembre de 2022 sobre información corporativa en materia de sostenibilidad (CSRD por sus siglas en inglés), que se despliega a través de Normas Europeas de Información sobre Sostenibilidad (NEIS, o ESRS en sus siglas en inglés) - Reglamento Delegado (UE) 2023/2772 de la Comisión, de 31 de julio de 2023, por el que se completa la Directiva 2013/34/UE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las normas de presentación de información sobre sostenibilidad-; esta Directiva establece normas comunes, aumentando la transparencia obligando a las empresas a comunicar información sobre sostenibilidad de modo comparable.
La segunda es la Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de octubre de 2019 relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión y su transposición a nuestro ordenamiento jurídico mediante la ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.
Y la tercera, aún en proceso de negociación, será la Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la justificación y comunicación de alegaciones medioambientales explícitas (Directiva sobre alegaciones ecológicas), que tiene como objetivo que los consumidores tengan más claridad y garantías más sólidas para que cuando algo se venda como ecológico ciertamente lo sea,
En materia de financiación sostenible, el último marco financiero presentado por la Comisión Europea en julio de 2023, estimaba en 700.000 millones de euros anuales las inversiones necesarias para cumplir los objetivos del Pacto Verde Europeo, de RepowerEU y de la Ley sobre la industria de cero emisiones netas.
El Reglamento 2019/2088 sobre la divulgación de información relativa a la sostenibilidad en el sector de los servicios financieros, el Reglamento 2019/2089 relativo a los índices de referencia de transición climática de la UE y el Reglamento 2020/852 relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles, conocido como Reglamento de Taxonomía, son la base para aumentar la transparencia y para dotar a los inversores de medios para saber qué oportunidades de inversión son más sostenibles.
Aún se sigue con el desarrollo del Reglamento de Taxonomía. El recientemente aprobado Reglamento 2023/2631 sobre bonos verdes europeos dará más oportunidades de inversión sostenible y la propuesta de reglamento sobre la transparencia e integridad de las actividades de calificación ambiental, social y de gobernanza (ESG), debe contribuir al correcto funcionamiento del mercado de finanzas sostenibles de la UE, ya que tiene por objeto mejorar la calidad de la información de las calificaciones ESG.
También en el marco de las finanzas sostenibles, en estos últimos meses se está negociando la Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre la transparencia e integridad de las actividades de calificación ambiental, social y de gobernanza (ASG), cuyo objetivo es establecer estándares claros para proveedores de calificaciones, incrementar la confianza de inversores y empresas, y así, fomentar una transición hacia un sistema económico y financiero más sostenible y responsable, y unas prácticas corporativas más éticas y alineadas con la sostenibilidad.
Es ésta una síntesis ciertamente comprimida de lo mucho avanzado y de lo que está en marcha, en distintas fases de negociación e implementación, en materia de sostenibilidad a nivel de la Unión Europea. Todo ello nos anticipa que la próxima Comisión seguirá la senda emprendida. Sólo en materia de acción climática, la ley europea del clima establece que, tras el primer balance mundial aprobado en la COP28, se debe aprobar el objetivo climático europeo a 2040, que requerirá de un nuevo marco normativo y de incentivos para ser alcanzado. De hecho, la Comisión ya ha publicado su recomendación para alcanzar una reducción neta de las emisiones de gases de efecto invernadero del 90% para 2040 en comparación con los niveles 1990
Con todo ello, y en este mismo contexto, habrá también que dar relevancia a los informes encargados por la presidenta de la Comisión a Mario Draghi, sobre el presente y futuro de la competitividad europea y a Enrico Letta, sobre el estado del Mercado Único europeo. No deben olvidar las instituciones europeas que va en beneficio de la sostenibilidad mundial que quienes hoy más la protegemos, dejemos de perder peso relativo en detrimento de terceras partes menos comprometidas.