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Riesgo de fraude en las operaciones de adquisición de empresas (parte IV)


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Llegamos al final de la serie de artículos centrados en los riesgos de fraude existentes en el proceso de adquisición de empresas.

En el presente artículo nos vamos a centrar en analizar cuáles son los principales riesgos que debe cubrir una organización en este tipo de operaciones en relación con el riesgo de corrupción en la empresa a adquirir (target). A estos efectos nos referimos al riesgo de corrupción externa, es decir aquella que tiene como objetivo influir de manera ilícita en cualquier acto o decisión de un funcionario a través de pagos, ofertas o promesas realizadas.

Las consecuencias de no analizar correctamente los riesgos de corrupción del target implican impactos significativos en los resultados, la reputación y los intereses a largo plazo de la sociedad adquirente y de sus partes interesadas tanto internas como externas, como, por ejemplo:

-        Contingencias legales, tanto monetarias como no monetarias, de los contratos obtenidos mediante sobornos. Según ciertas legislaciones antisoborno y anticorrupción el comprador puede ser responsable de los daños causados por el vendedor posibles incumplimientos que ocurrieron antes de la transacción.

-        Impacto en la cultura corporativa de la adquirente, fomentando una atmósfera permisiva para otros tipos de conductas corporativa fraudulenta.

-        Posible daño en la reputación y dificultad en las acciones de atraer y retener clientes, proveedores, socios y empleados.

-        Aparición de problemas de corrupción pueden revelar problemas centrales del negocio e importantes deficiencias de control interno que pueden poner en peligro la Plan de negocio de la empresa adquirida.

Por tanto, para el adquirente es muy importante tener una estrategia para analizar los riesgos de corrupción en este tipo de operaciones y saber qué acciones son necesarias antes de firmar un acuerdo, ya que después de la adquisición puede ser demasiado tarde para remediar estos problemas. 

Adicionalmente la identificación de estos problemas antes de la adquisición permite a las compañías evaluar cualquier responsabilidad posterior a la adquisición y, por lo tanto, determinar adecuadamente el valor de la empresa objetivo y también establece las bases para una integración luego de la adquisición rápida y exitosa al ambiente de control corporativo y al cumplimiento de la compañía adquirente.

Esta estrategia se basa en añadir a los tradicionales y exigentes procedimientos de Due Diligence de Negocio, Financiera, Fiscal y Legal, procedimientos de Due Diligence sobre los asuntos de corrupción, lo que se denomina Forensic Due Diligence, con involucración de personal experto en esta temática.

Los procedimientos de estas Forensic Due Diligence pueden incluir, entre otros los siguientes:

-        Realización de entrevistas con la alta dirección y con los responsables de evaluar y monitorizar los riesgos de corrupción en el target.

-        Realización de análisis de integridad del target y de sus directivos clave mediante análisis de noticias en medios de comunicación, listas de sanciones y otra información pública disponible.

-        Revisión de las comunicaciones entre el target y los reguladores.

-        Revisión del canal de denuncias del target.

-        Revisión del código de conducta y del proceso de gestión del riesgo de corrupción existente en el target con el objetivo de identificar deficiencias significativas bien en el diseño o en el funcionamiento del del mismo, incluyendo al menos los siguientes procedimientos:

  • Evaluación de las políticas anticorrupción existentes.
  • Divulgación de estas entre los empleados y acciones formativas realizadas.
  • Procedimientos de evaluación de las actividades de control existentes en materia anticorrupción.

-        Análisis de cuáles son las áreas y/o tipología de transacciones que puedan tener un alto riesgo de corrupción y realizar procedimientos específicos sobre las mismas (países de alto riesgo, áreas de negocio con alta interacción con funcionarios...).

Por la propia naturaleza de las operaciones de adquisición de empresas en ocasiones es complicado realizar un análisis tan en detalle como fuera deseable durante el tiempo que dura el proceso de negociación. También es muy importante que una vez realizada la adquisición se realicen los procedimientos al mayor nivel de detalle posible y se dé comienzo también a un plan de integración de la sociedad adquirida al marco de cumplimiento de la adquirente.

Estas revisiones realizadas tras la adquisición son muy importantes dado que uno de los temas más complejos es cuál sería la manera de actuar en caso de que, una vez que se haya completado la adquisición, se descubra la existencia de actuaciones irregulares en la entidad adquirida relacionadas con corrupción.  Sea cual sea la respuesta seleccionada por la compañía y sus asesores legales sin duda el poder justificar que se han realizado procedimientos de Forensic Due Diligence antes y después de la adquisición ayudará a reducir los riesgos de sanciones a los que se pueden enfrentar la organización adquirente.

En resumen, es muy importante que un proceso de adquisición de empresas se realice una Forensic Due Diligence del target que permita al adquirente:

-        Analizar los riesgos de corrupción existentes en las actividades del target y el marco de control interno existente en el target para mitigar, reducir y detectar esos riesgos.

-        Evaluar cualquier responsabilidad posterior a la adquisición.

-        Establecer las bases para una integración luego de la adquisición rápida y exitosa al ambiente de control corporativo y al cumplimiento de la compañía adquirente.

Las conclusiones de la Forensic Due Diligence serán también muy valiosas para determinar adecuadamente el valor de la empresa objetivo.


Resumen

En el presente artículo nos vamos a centrar en analizar cuáles son los principales riesgos que debe cubrir una organización en este tipo de operaciones en relación con el riesgo de corrupción en la empresa a adquirir (target). A estos efectos nos referimos al riesgo de corrupción externa, es decir aquella que tiene como objetivo influir de manera ilícita en cualquier acto o decisión de un funcionario a través de pagos, ofertas o promesas realizadas.


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