Este principio persigue, a través de la publicación de las políticas de implicación para que clientes y beneficiarios puedan conocerlas, la generación de un rendimiento coherente con el indicado en el principio 1 y contribuir a que las estrategias empresariales de las sociedades en las que inviertan sean adecuadas.
Se traduce en diez orientaciones:
1. Que la política sea clara, precisa, completa, contenga criterios y objetivos medibles y refleje un enfoque de conjunto sobre el total de la inversión.
2. Esté disponible en la página web de la entidad, junto con el informe anual sobre su aplicación en el ejercicio anterior.
3. Se utilice como referencia el régimen de implicación establecido por el artículo 3 octies de la Directiva (UE) 2017/828 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de mayo de 2017, implementada en España fundamentalmente por medio de la Ley 5/2021, de 12 de abril.
4. Sea objeto de revisión periódica, evaluando si está o no alineada con los objetivos, estrategias y responsabilidades del inversor o gestor, pudiendo ser recomendable la participación periódica de asesores expertos independientes en esta evaluación.
5. Incluya una explicación de cómo las actividades de implicación del inversor o gestor y el diálogo que mantienen con las sociedades en las que invierten, puede llegar a influir el sentido del voto.
6. Promueva que las sociedades en las que inviertan tengan estructuras y prácticas de gobierno adecuadas, en línea con las recomendaciones del Código de Buen gobierno de las sociedades cotizadas.
7. Prevea los supuestos en los que podría ser oportuno dialogar y cooperar con otros accionistas, gestores o inversores y otros grupos de interés para conseguir de una manera más efectiva sus objetivos.
8. Prevea una estrategia de escalamiento que explique en qué situaciones se juzga oportuno escalar la naturaleza de sus actuaciones frente a las sociedades en las que invierten, cuando estas o los miembros de sus órganos de gobierno o alta dirección no atiendan de manera adecuada sus preocupaciones, o cuando consideren que determinada exposición al riesgo sigue siendo excesivamente elevada.
9. Divulgue si utilizan agencias de rating ASG a efectos del análisis de las prácticas de las compañías en las que invierten.
10. Incluya una expectativa de cómo consideran que las entidades en las que invierten, y sus administradores, deben abordar y dar seguimiento a propuestas que se sometan a la junta y que puedan tener un porcentaje significativo de votos en contra.