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Esto significa que los estados miembros podrán, desde este momento, transponer la directiva a nivel nacional. Dicha directiva fija una cuota de al menos 40% de mujeres para los puestos no-directivos de las empresas cotizadas y 33-40% si los estados miembros elijen aplicar la directiva a puestos tanto directivos como no-directivos. La cuota deberá ser de aplicación, a más tardar, para finales de junio de 2026. De lo contrario, las empresas harán frente a penalizaciones punitivas que cada país deberá crear en línea con la directiva.