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Alerta relativa al Real Decreto 2/2021, de 12 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Auditoría de Cuentas y en virtud del cual se establece un nuevo régimen sancionador del incumplimiento de la obligación de depósito de cuentas en desarrollo del artículo 283 de la Ley de Sociedades de Capital.
Desde hace unos días es aplicable un nuevo régimen sancionador del incumplimiento de la obligación de depósito de cuentas, modificándose de manera apreciable la situación existente hasta ahora. Con arreglo a lo establecido en la disposición final segunda del Real Decreto 2/2021, de 12 enero, la entrada en vigor del nuevo régimen se ha producido el día 31 de enero de 2021, al haberse publicado la norma en el B.O.E. del día anterior.