Hoy 28 de diciembre, se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto-ley 8/2023, de 27 de diciembre, por el que se adoptan medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo, así como para paliar los efectos de la sequía, y el Real Decreto 1171/2023, de 27 de diciembre, por el que se modifican el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, aprobado por el Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre; el Reglamento de los Impuestos Especiales, aprobado por el Real Decreto 1165/1995, de 7 de julio, y el Reglamento de procedimientos amistosos en materia de imposición directa, aprobado por el Real Decreto 1794/2008, de 3 de noviembre.
Se trata de dos textos muy extensos, especialmente el primero, en los que se prorrogan determinadas medidas tributarias que han venido siendo aprobadas en los últimos años para tratar de atender las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo, así como para paliar los efectos de la sequía, con medidas especialmente relevantes en relación con el Impuesto sobre el Valor Añadido y en materia de tributación energética. Asimismo, en el propio Real Decreto-ley 8/2023, se prorroga ‘sine die’ la aplicación del Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas, prorroga a 2024 los gravámenes temporales energético y de entidades de crédito y establecimientos financieros de crédito, y se adoptan otra serie de medidas tendentes a fomentar las inversiones en sistemas de producción o consumo de energía procedente de fuentes renovables, cuestión esta última que se desarrolla en otra Alerta de EY que puede visualizarse en el siguiente enlace.