Información fiscal a incluir en el estado de información no financiera (Se amplía el número de compañías sujetas a esta obligación)

El 29 de diciembre de 2018 se publicó en el BOE la Ley 11/2018, de 28 de diciembre, por la que se modifica el Código de Comercio, el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, y la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas, en materia de información no financiera y diversidad.

Esta Ley es la transposición al Derecho español de la Directiva 2014/95/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de octubre de 2014, por la que se modifica la Directiva 2013/34/UE en lo que respecta a la divulgación de información no financiera e información sobre diversidad por parte de determinadas grandes empresas y determinados grupos, y tiene como objetivo identificar riesgos para mejorar la sostenibilidad y aumentar la confianza de los inversores, los consumidores y la sociedad en general.

De acuerdo con la Disposición Transitoria de dicha Ley 11/2018, transcurridos tres años desde su entrada en vigor (29 de diciembre de 2018) la obligación de presentar el EINF consolidado será de aplicación a todas aquellas sociedades que, cumpliendo una serie de requisitos, tengan más de 250 trabajadores, a diferencia de lo que ha ocurrido durante los primeros años que aplicaba a las empresas con más de 500 trabajadores.

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