Con la ambición de convertir a España en un ‘Hub’ de emprendimiento empresarial y de innovación, el pasado mes de diciembre se puso fin al via crucis de enmiendas que culminó en la aprobación definitiva de la ‘Ley de Startups’. No cabe duda de que se trata de una rotunda apuesta no solo por el emprendimiento innovador, sino también por el fomento de la inversión extranjera y la atracción de talento emprendedor.
Este nuevo ecosistema tributario se ha planteado como una fórmula de éxito para un cambio de paradigma en el tejido empresarial actual, mediante un paquete de medidas en el ámbito tributario sin precedentes y cuyo objetivo principal es crear un país de emprendimiento, atractivo para el capital, que sustituya al actual modelo productivo poniendo el foco en la innovación y la digitalización. Una buena semilla si se piensa en el futuro de las próximas generaciones. Sin embargo, en conversaciones con empresarios, siempre queda la duda de si el legislador se ha quedado a medio camino en la respuesta a las necesidades del marco tributario que sirva de acelerador y dinamice el ecosistema emprendedor que subyace a todo el paquete de medidas fiscales de esta Ley.
No cualquier empresa puede ostentar el título de empresa emergente ‘startup’ ya que con carácter general no debe contar con más de cinco años de antigüedad, debe generar empleo en España y desarrollar un proyecto innovador con un modelo de negocio escalable y no cotizar en bolsa o distribuir dividendos, entre otros aspectos.
Aquella empresa emergente que cumpla los requisitos exigidos para pertenecer a esta nueva “comunidad innovadora”, acompañada de un buen asesoramiento fiscal y una planificación financiera adecuada, no solo no tendrá que preocuparse por los nubarrones económicos y tributarios del próximo 2023 sino que dispondrá de “rebajas fiscales” durante varios ejercicios, con la finalidad de obtener mayores resultados después de impuestos que le permitirán invertir más en el negocio y menos en esa socia incómoda (y últimamente insaciable) llamada AEAT.
Entre esas rebajas fiscales, destacar la reducción del tipo impositivo hasta el 15% en el Impuesto sobre Sociedades (IS) -10 puntos porcentuales respecto al general- durante los cuatro primeros años con resultado fiscal positivo. Pensado como un impulso que dejará una mayor liquidez en la caja de las empresas para invertir en crecimiento y empleo, y en definitiva, dotarlas de solvencia y competitividad en el mercado, habrá que esperar para ver si por la propia naturaleza de una startup esta medida les reporta el impacto esperado a las nuevas startups.
Otra medida que, sin duda, pueden aliviar cualquier potencial estrés de tesorería, tan habitual en la puesta en marcha de cualquier proyecto empresarial, son la concesión de aplazamientos de las deudas tributarias en el IS sin garantías ni intereses de demora y la eliminación temporal de efectuar pagos a cuenta del IS, en ambos casos durante los dos primeros ejercicios desde que el resultado fiscal sea positivo y mantenga la empresa la condición de emergente.
Pensando en los inversores y la atracción de capital, se incrementa la deducción en el IRPF para los conocidos como business angels, elevando del 30% al 50% el porcentaje de deducción, así como la base de la misma desde los 60 a los 100 mil euros.
Para cerrar el círculo, el legislador también pone el foco en los trabajadores, buscando un mercado laboral atractivo y adaptado a las nuevas formas de trabajo. Con esa finalidad se ha reforzado el tratamiento fiscal de la remuneración mediante stock options, es decir, con la entrega de acciones de la propia empresa (renta exenta hasta un límite de 50.000 euros/año).
Por otro lado, en esa búsqueda de capital humano cualificado internacional, se mejoran las condiciones para el acceso al régimen fiscal especial previsto para trabajadores desplazados al territorio español (“régimen de impatriados”), con potencial extensión al cónyuge e hijos que dota a nuestro país de un atractivo adicional. Igualmente, y con objetivo similar, se favorece el establecimiento en territorio español de los conocidos como “nómadas digitales”, mejorando no solo su tributación sino también sus condiciones de obtención de visado.
Esta es solo una pincelada del contenido de una Ley, más que bienvenida, y que a pesar de su amplio margen de mejora desde EY valoramos de forma positiva. Tras un 2022 de fuertes batacazos impositivos a la banca, al plástico, a las grandes fortunas, etc …, en un país que aspira a estar en la vanguardia tecnológica era indispensable este nuevo ecosistema emprendedor, y confiamos en que no deba esperarse mucho para poder valorar en este 2023 sus resultados en términos de generación de nuevos proyectos empresariales, creación de empleo y mejora de la competitividad y de la atracción de talento de la marca España.
Publicado en La voz de Galicia