semaforo roijo

La reforma de la ley de tráfico

Temas relacionados

Tras diez años desde la última modificación, ha llegado el momento de actualizar la ley de tráfico en España

Podemos coincidir que el Permiso por Puntos fue el catalizador que impulsó en su día la política de seguridad en nuestro país y que cuando una norma es importante conviene hacer su seguimiento y actualizarla para mantenerla al día. También podemos coincidir en que diez años es un plazo prudente y razonable.

La última actualización del Permiso por puntos se realzo en al año 2009 y sirvió para reducir de 27 a 20 las infracciones que detraían puntos y para aumentar de 4 a 6 los puntos a recuperar en los cursos de recuperación parcial de puntos.

Con estos antecedentes y con la experiencia acumulada nos pusimos a redactar el proyecto de ley que fue aprobada por el consejo de ministros del 16 de marzo del pasado año para su envío a las Cortes.

Nos sorprendió que se presentaran 149 enmiendas por los grupos parlamentarios y cuando les preguntamos a sus señorías el motivo nos dijeron que “tenían ganas” porque hacía mucho tiempo que no habían podido presentar propuestas a la Ley de Tráfico. Es verdad que la mayoría de las propuestas poco tenían que ver con el Permiso por Puntos pero hacían referencia a temas de actualidad que nos han ayudado a mejorar en texto final aprovechando que “el Pisuerga pasa por Valladolid” como dice el refrán.

Del texto final aprobado por el congreso el 2 de diciembre y publicado en el BOE el 21 de diciembre se pueden destacar las siguientes novedades:

  • Se aumentan de 3 a 6 puntos por utilizar el móvil sujetándolo con la mano. ¿Por qué? Porque desde el año 2016 las distracciones son ya la primera causa de los accidentes mortales y esto se llama teléfono móvil y WhatsApp y algo había que hacer. No se aumenta la sanción económica porque no están los tiempos para aumentar la cuantía de las multas.
  •  Se aumenta de 3 a 4 puntos por no utilizar el cinturón de seguridad y el casco. ¿Por qué? Porque el 1 de cada cuatro fallecidos en turismo o furgoneta siguen sin llevar abrochado el cinturón de seguridad y porque después de tantas y tantas campañas el que no lo lleva no es porque no lo sabe es porque no quiere.
  • Se unifica en 2 años el periodo que tiene que transcurrir sin cometer infracciones que detraigan puntos, para poder recuperar la totalidad del saldo de puntos. ¿Por qué? Porque antes eran 2 años si la última infracción había sido grave y 3 años si había sido muy grave y porque hace tiempo descubrimos que en un mundo complicado el papel de la administración es hacer sencillo lo complicado y no hacer más complicado lo que ya es complicado. Además, nos facilitará la comunicación.
  • Se premiará con 2 puntos la realización de los cursos de conducción segura y eficiente. ¿Por qué? Porque se han consolidado a lo lardo del tiempo como una buena práctica, porque las empresas envían a sus trabajadores cada 5 o 6 años a estos cursos que permiten actualizar conocimientos y prácticas y queremos potenciarlos. Habrá que esperar a su desarrollo por Orden Ministerial para determinar su contenido, pero será rápido.
  • Se establece la tasa de 0,00 gr de alcohol en la conducción para los menores de 18 años. ¿Por qué?  Porque si está prohibida la venta de alcohol a los menores de edad, y parece lógico y razonable su correspondencia en la conducción.
  • Se suprime el poder superar en 20 km/h, la velocidad genérica para adelantar en las carreteras secundarias. ¿Por qué?  Porque 2 de cada 3 accidentes mortales son en carreteras secundarias y porque tenemos 239 fallecidos por choque frontal en carretera secundaria y algo había que hacer. Además, el principio del sistema seguro dice que cuando hay un riesgo hay que eliminarlo o reducirlo y el adelantamiento en secundaria es una maniobra de riesgo.
  • Para proteger las bicicletas se recoge la obligación de cambiar de carril para adelantarlas en carreteras con 2 o más carriles y se prohíbe parar o estacionar en carril bici o vías ciclistas.  ¿Por qué?  Para mejorar la seguridad en los desplazamientos cada vez más frecuentes en bicicleta por nuestras carreteras y porque si está prohibido parar o estacionar en el carril bus en las ciudades parece lógico y razonable hacer lo mismo en los cada vez más frecuentes carriles bici en nuestras ciudades.
  • Se autoriza el intercomunicador entre motos para comunicarse y para la navegación. ¿Por qué? Porque era una vieja reivindicación del sector de la moto y las nuevas tecnologías en la intercomunicación lo hacen posible de forma segura
  • Se recoge como una nueva infracción por no respetar las restricciones al tráfico por razones de contaminación o Zonas de Baja Emisiones (ZBE). ¿Por qué?  Porque la ley de Cambio Climático obliga a los municipios de más de 50.000 habitantes a adoptar durante este 2022 estas zonas y, por lo tanto, había que dar cobertura legal a los ayuntamientos para su vigilancia y control.
  • Se establece el alcoholock obligatorio para los nuevos vehículos de transporte de viajeros por carretera que se matriculen a partir del 6 de julio de 2022. ¿Por qué? Porque el nuevo Reglamento de la U.E. lo estipula y es de obligado cumplimiento para todos los estados miembros UE y porque además nos lo había pedido el sector de los transportes de viajeros por carretera, muy implicado con la movilidad segura.

La reforma de la Ley entra en vigor a los tres meses de su publicación en el BOE, es decir el 21 de marzo de 2022 y como es habitual está prevista una campaña de información a los conductores sobre las novedades antes de su entrada en vigor.

Esta reforma supone un paso adelante en el proceso continuo de avance y mejora de la seguridad vial en España, un progreso que entre todos vamos haciendo y situando a nuestro país entre los países de referencia en movilidad segura.

Llegados a este punto, solo cabe agradecer a los grupos parlamentarios en general y a la Comisión de Seguridad Vial en particular sus aportaciones y mejoras al texto inicial.


Resumen

La reforma de la Ley de tráfico en nuestro país es ya una realidad. Tras 10 años desde la última modificación, la nueva ley entrará en vigor a los tres meses de su publicación en el BOE, el 21 de marzo de 2022. España sigue avanzando así en la construcción de una mejor seguridad vial.



Acerca de este artículo


Últimas tendencias

Una Europa más segura

Los accidentes de tráfico suponen la pérdida de miles de vidas cada año en el continente europeo