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Las obligaciones tributarias de las personas naturales en Colombia, incluyen el nuevo impuesto permanente a la riqueza creado por la reciente reforma tributaria de diciembre de 2022. Los ciudadanos con un patrimonio de al menos $3.053.664.000 están obligadas a declarar este impuesto a la riqueza y realizar los 50 % de pago entre el 9 y el 23 de mayo, según su último dígito de NIT.
En resumen
Es recomendable que las personas determinen con anticipación cuáles son las declaraciones que deben presentar durante el año y que preparen la documentación correspondiente.
Las obligaciones a cargo de las personas dependerán de su situación individual y podrían incluir la declaración del nuevo impuesto al patrimonio, impuesto predial, de vehículos, declaración de renta y declaración de activos en el exterior.
Los nuevos obligados a declarar impuesto al patrimonio deberán hacerlo desde el 9 de mayo.
Con el inicio del segundo trimestre del año, también inician los plazos para que las personas naturales cumplan con sus obligaciones en materia de impuestos, de esta manera es importante tener presente al momento de hacer efectivo este pago.
Las obligaciones a cargo de las personas dependerán de su situación individual y podrían incluir la declaración del nuevo impuesto al patrimonio, impuesto predial, de vehículos, declaración de renta y declaración de activos en el exterior, sujetas a que en cada caso se cumpla con los requisitos estipulados por la ley.
Es por esto, que el calendario tributario para algunas personas naturales podría resumirse de la siguiente manera:
Declaración
Plazo para presentar
Impuesto al patrimonio
Desde mayo 9
Impuesto predial (Bogotá)
Mayo 12, con descuento
Información exógena
Desde mayo 16
Impuesto de vehículos (Bogotá)
Junio 2, con descuento
Declaración de renta
Desde agosto 9
Declaración de activos en el exterior
Desde agosto 9
Este impuesto fue creado de manera permanente por la más reciente reforma tributaria expedida en diciembre de 2022.
Esta declaración deberá ser presentada -entre otros- por las personas que a el 1 de enero de 2023 tuviesen un patrimonio líquido, resultante de sus bienes menos deudas, valorado fiscalmente en al menos $3.053.664.000.
La presentación de la declaración y el pago del primer 50% del impuesto al patrimonio, deberán realizarse a más tardar entre el 9 y el 23 de mayo, dependiendo del último dígito del NIT de la persona. El pago de la segunda cuota se hará a partir del 7 de septiembre.
Este reporte debe ser presentado por las personas que: i) en el 2021 o 2022 tuvieron ingresos brutos de al menos 500 millones de pesos y que, además, ii) percibieron en 2022 ingresos de al menos 100 millones de pesos por de rentas de capital y/o no laborales en los términos de la ley tributaria.
Ambas condiciones deberían cumplirse para concluir que la persona debe reportar esta información.
Para determinar si se cumple la primera condición de los 500 millones de pesos, deben incluirse eventuales ventas de bienes.
Tal es el ejemplo de personas que hayan vendido un inmueble; el precio de venta (no la utilidad obtenida en esa venta) debe sumarse a los otros ingresos del año, a fin de confirmar o descartar que se haya cumplido esta condición.
La declaración de renta a presentarse en el segundo semestre del año corresponderá a la actividad que tuvieron las personas durante el año 2022. Por ello, no reflejará aún los cambios que introdujo la reforma tributaria para la igualdad y la justicia social.
Así que inicia el proceso de reunir los documentos y certificados que permiten a las personas determinar cuáles son las obligaciones que tendrán que cumplir en lo que resta del año. A propósito, el plazo que tienen las entidades como bancos, empleadores, etc.
Es importante determinar con antelación las obligaciones tributarias que se tienen, a fin de hacer una adecuada preparación de los reportes, cumplir con los plazos establecidos y disminuir la probabilidad de incurrir en ciertas sanciones o intereses moratorios por presentación tardía.
Resumen
Las obligaciones tributarias de las personas naturales en Colombia, incluyen el nuevo impuesto permanente a la riqueza creado por la reciente reforma tributaria de diciembre de 2022.Los ciudadanos con un patrimonio de al menos $3.053.664.000 están obligadas a declarar este impuesto a la riqueza y realizar los 50 % de pago entre el 9 y el 23 de mayo, según su último dígito de NIT.