Nicaragua | Avisos de la DGI sobre la Declaración Anual del IR 

 

El 15 de febrero de 2025, mediante Avisos Nos. 022-02-2025 y 024-02-2025, la Dirección Generalde Ingresos (DGI) anunció que ya está disponible el formulario 106, para realizar la Declaración Anual del Impuesto sobre la Renta (IR) del período fiscal 2024, cuyo plazo máximo vence el próximo 28 de febrero de 2025.

Asimismo, la DGI señaló algunos aspectos a tomar en consideración en este proceso:

  • El monto de los inventarios debe coincidir con lo reportado en línea y las particularidades del negocio.
  • Quienes hayan realizado operaciones en Bolsa Agropecuaria que, excedan de C$40 millones, deben integrar dichos ingresos como rentas de actividad económica.
  • Las Cooperativas que excedan los C$60 millones, el exceso será sujeto del IR. El sistema liquidará de manera proporcional los costos y gastos.
  • Fiscalmente no están autorizadas las revaluaciones de activos, y en consecuencia, no se reconocen las depreciaciones derivadas de estas.
  • Los costos y gastos soportados con crédito fiscal rechazado no son deducibles en el IR anual.
  • El sistema exige liquidar, declarar y pagar el IR de conformidad con las operaciones del contribuyente, y no por la actividad económica registrada al inscribirse.
  • El valor de terrenos asociados a edificaciones, no son objeto de depreciación.
  • Completar correctamente los renglones de pasivos financieros de la empresa.
  • Nuevas adquisiciones de bienes sujetos a depreciación deben estar soportadas con facturas, contratos o escritura.
  • La empresa, socios, directivos y representantes legales deben estar al día con sus pagos por enajenación de bienes muebles e inmuebles.

Las retenciones deducibles del IR anual son las que fueron declaradas y pagadas durante el año fiscal. 

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Rafael Sayagués

Carlos Ayón

Antonio Ruiz

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