A casi un año y medio del inicio de la pandemia, hemos visto una transformación importante en las modalidades de trabajo; en muchos casos, la presencial dejó de ser la predominante y se abrió paso a otras más innovadoras, como el trabajo híbrido y el remoto, que le otorgan una mayor libertad al trabajador para asentarse en un lugar más alejado de su centro de laborales -el cual puede ser incluso en el extranjero-. Esto ha llevado a muchas empresas a reinventar sus formas de contratación, dando lugar a la incorporación de nuevo personal de manera remota y a la instalación de nuevas políticas empresariales de “trabajo desde cualquier lugar” (“Work from anywhere”).
“Esta forma de trabajo no era común en el Perú antes de la pandemia y por supuesto conllevó a muchas interrogantes sobre las obligaciones laborales, migratorias y tributario laborales que podían generarse desde la perspectiva peruana. Sin embargo, la contratación de trabajadores extranjeros o peruanos que residan en el exterior es completamente posible y representa un signo de las tendencias impulsadas por la pandemia que vamos a comenzar a apreciar con mucha más fuerza en los próximos años. Por ello, es importante que los empleadores estén atentos a los aspectos laborales que conllevan estas contrataciones, pues no respetar la regulación puede repercutir en una contingencia económica para la entidad empleadora, así como para los propios trabajadores”, comenta Adriana Gianotti, Gerente Senior del Área Laboral de EY Perú.
Al considerar la contratación de personal residente en el extranjero, EY Perú detalla tres aspectos iniciales que deben ser tomados en cuenta: