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CFDI 4.0 Publicación del validador de RFC


En nuestro Tax Flash del 5 de noviembre de 2021, abordamos los principales cambios en materia de CFDI derivados de la reforma fiscal 2022, dentro de los cuales mencionamos que, como parte de los requisitos establecidos en el artículo 29-A del CFF, la obligatoriedad de incluir dentro del CFDI el nombre, la razón o denominación social y el código postal del contribuyente a favor de quien se emite el CFDI (datos del receptor), así como el nombre del emisor.

La autoridad dio a conocer una nueva versión de los CFDI (4.0), la cual entró en vigor a partir del 1 de enero de 2022; sin embargo, a través de la Resolución Miscelánea Fiscal otorgó un periodo de convivencia entre la versión anterior (3.3) y la nueva versión (4.0) del 1 de enero al 30 de junio de 2022, es decir, durante este periodo es posible utilizar ambas versiones de CFDIs y, a partir del 1 de julio, la versión 4.0 será la única válida.

Como parte de la documentación que dio a conocer la autoridad a través del Portal del Servicio de Administración Tributaria (SAT) el pasado 31 de diciembre de 2021, se encuentran las guías de llenado, dentro de las cuales se menciona que los datos del nombre y domicilio fiscal del receptor y el nombre del emisor podrán ser consultados en la constancia de situación fiscal emitida por el SAT.

No obstante, durante el proceso de implementación de la versión 4.0, han surgido diversas dudas para los contribuyentes, ya que uno de los problemas más recurrentes es el rechazo del timbrado de los comprobantes porque el nombre y el código postal del receptor no son correctos, a pesar de que se coloque la información tal como aparece en la constancia de situación fiscal.

Validador de RFC

Por lo anterior, el día 27 de abril del 2022, el SAT puso a disposición de los contribuyentes un Validador de RFC, en el cual se deben ingresar los datos de RFC, nombre, denominación o razón social y el código postal, con la finalidad de que este arroje un mensaje que confirme que los datos son o no válidos.

Dicho validador cuenta con dos aristas de validación: (I) únicamente RFC o (II) RFC, nombre y código postal.

1. Validación únicamente RFC

Esta validación podrá realizarse de forma masiva y permitirá hasta un máximo de 5 mil registros. Para tener acceso a esta opción, la herramienta solicita se adjunte un archivo plano (Formato “.TXT”) y tipo “ANSI”. La primera columna del archivo deberá contener la enumeración de los registros proporcionados y la segunda las claves de RFC a consultar.

Una vez que se haya ingresado la información, la herramienta generará un archivo en formato “.TXT”, en la cual señalará el estatus actual por cada RFC indicando alguna de las siguientes leyendas:

  • RFC válido y susceptible de recibir facturas.
  • RFC no registrado en el padrón de contribuyentes.
  • RFC válido no susceptible de recibir facturas.

2. Validación de RFC, nombre, denominación o razón social y código postal

Esta validación también se podrá realizar de forma masiva en un máximo de 5 mil registros, para lo cual la herramienta solicitará se adjunte un archivo plano (Formato “.TXT”) y tipo “UTF-8”. El contenido de este archivo debe incluir la numeración, el RFC sujeto a validación, el nombre o la razón social asociado al RFC a consultar y finalmente el código postal.

Como resultado se obtendrá la siguiente información una vez realizada la consulta:

  • “RFC válido y susceptible de recibir facturas” (Información correcta). Esta leyenda se mostrará cuando el RFC es válido y la información tanto del nombre del cliente como la del código postal sea congruente con la constancia de situación fiscal.
  • RFC incorrecto. Si el RFC no se encuentra registrado en la base del SAT o no es susceptible a recibir facturas, la validación únicamente se limitará a la validación del RFC y no hará la validación del nombre o código postal, por lo que mostrará alguna de las siguientes respuestas:

· “RFC no registrado en el padrón de contribuyentes”

· “RFC válido no susceptible de recibir facturas”

  • Nombre incorrecto. Cuando se incluya un RFC válido pero se incluya un nombre que no esté asociado al RFC de acuerdo con la constancia de situación fiscal, la validación mostrará la siguiente leyenda:

· “El nombre o la razón social y el código postal no coinciden con lo registrado en el RFC”

  • Código postal incorrecto. Cuando se incluya un RFC válido y nombre o razón social correctos pero un código postal incorrecto, la validación mostrará la siguiente leyenda:

· “El código postal no coincide con el registrado en el RFC”

Cabe mencionar que el validador no distingue si el nombre que se incluye se encuentra con letras mayúsculas o minúsculas; sin embargo, para efectos de los comprobantes fiscales versión 4.0, el nombre del emisor y receptor deberán incluirse con letras mayúsculas de acuerdo con los comunicados que dio a conocer el SAT. 

A continuación, se anexan algunas pantallas de la herramienta del SAT así como los pasos a seguir para su uso:

A)    Se deberá seleccionar la opción de validar RFC, nombre, denominación o razón social y código postal, y posteriormente seleccionar la validación masiva:

B)    Se deberá seleccionar la opción “Choose file” y adjuntar el archivo “.TXT” con las especificaciones solicitadas y seleccionar la opción “validar”:

C)    Se generará un archivo “.TXT” de descarga con la validación efectuada y finalmente daremos la opción “Terminar”. 

Si bien, esta primera versión del validador del RFC permite corroborar los datos requeridos para la versión 4.0, no dejamos de advertir que los contribuyentes deben ser muy cautelosos en su implementación, ya que este no los libera de la obligación de obtener los datos necesarios para su emisión y solo servirá como una herramienta de apoyo; por lo que deberán implementar las mejores medidas para la obtención de la información y reducir los problemas que se pudieran generar, cuidando no causar molestias a sus clientes y recaer en prácticas indebidas. 

Para más información sobre este comunicado, por favor contactar a los siguientes profesionales:

Óscar Ortiz

Allen Saracho

Alejandro Hernández

Daniel Salas Torres

Leonardo Gómez

Juan Pablo Rodríguez