Normas para el Control y Prevención del Lavado de Activos, Financiamientos del Terrorismo y otros Delitos en el Sector del Mercado de Valores

La Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros (SuperCías) expidió las Normas para el Control y Prevención del Lavado de Activos, Financiamientos del Terrorismo y otros Delitos en el Sector del Mercado de Valores.

El objetivo principal de la presente resolución es tener en cuenta los cambios normativos y las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) aplicables a los sujetos obligados bajo la supervisión de la SuperCías. 

Así mismo, hacer ajustes a la normativa vigente para un mejor entendimiento de los riesgos asociados en materia de lavado de activos y de financiamiento del terrorismo, vinculados con la debida diligencia del sujeto obligado con conocimiento del cliente en el uso de nuevos productos o prácticas comerciales, transferencias electrónicas y el uso de nuevas tecnologías.

Por otro lado, se recomienda la implementación de un Manual para la prevención del lavado de activos, donde el sujeto obligado tendrá que mencionar, mediante políticas y procedimientos, como detectar señales de alerta cuando el cliente realice transacciones de cualquier índole.

A. Órgano de control

B. Aplicación del Sistema de Prevención y Administración de Riesgos de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y Otros Delitos (SPARLAFTD) 

C. Aplicación de la debida diligencia por el sujeto obligado

  • Conocimiento del cliente
  • Actualización de la información del cliente
  • Debida diligencia reforzada
  • Personas Expuestas Políticamente (PEP)

D. Reserva, conservación y confidencialidad de la información

E. Manual de Prevención de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y otros Delitos

F. Procedimiento a seguir del Reporte ROII o ROS

G. Vigencia

 

Fuente Legal
Resolución No. SCVS-DNPLA- 2022-0006, publicada en el Tercer Suplemento del R.O No. 101 de fecha 08 de julio  de 2022.

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