Contrato Especial Emergente

La Corte Constitucional del Ecuador analizó el artículo 19 de la Ley Orgánica de Apoyo Humanitario, que regula el contrato especial emergente. 

Así, determinó que esta norma es parcialmente inconstitucional porque permitía que el empleador pueda terminar el contrato unilateralmente en cualquier momento sin el reconocimiento de una indemnización por despido intempestivo, lo que vulnera el principio de intangibilidad de los derechos laborales.

Por lo tanto, la Corte eliminó la posibilidad de que el empleador finalice el contrato sin reconocer esta indemnización.

Fuente legal
Sentencia 49-20-IN/25 de la Corte Constitucional del Ecuador.

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