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El Servicio de Rentas Internas (SRI) emitió una circular dirigida a las entidades y organismos del sector público del Gobierno Central y Descentralizado, incluidos sus órganos desconcentrados y sus empresas públicas, universidades y escuelas politécnicas recordando y aclarando, lo establecido por la normativa aplicable para la retención del Impuesto al Valor Agregado (IVA).
Basándose en el principio de reserva de ley, se recuerdan los parámetros legales que deben seguir dichos organismos al actuar como agentes de retención, así como también aclara cuándo se puede o no aplicar la compensación presupuestaria del valor equivalente al IVA.
Fuente Legal Circular No. NAC-DGECCGC21 -00000005, emitida por el Servicio de Rentas Internas con fecha 20 de agosto de 2021