Por la Cra. Natalia Detomasi - Senior del departamento de Asesoramiento Impositivo de EY Uruguay
El concepto de Residencia Fiscal ha adquirido recientemente mayor trascendencia, ya que de éste depende el régimen impositivo a aplicar.
El primer punto a señalar es que el concepto de Residencia Fiscal no es igual al de Residencia Legal o Residencia Migratoria. Esta última es la que le permite a un individuo permanecer en el país, obtener la cédula de identidad y formar parte del mercado laboral.
El concepto de Residencia Fiscal ha adquirido mayor trascendencia en el último tiempo, ya que dependiendo de cuál sea la Residencia Fiscal de la persona, corresponderá un régimen impositivo diferente.
Por su parte, la Residencia Legal cobra también gran protagonismo al existir colectivos en busca de jurisdicciones más accesibles, abiertas y seguras o simplemente porque desean elevar su calidad de vida.
A continuación, se exponen los diferentes tipos de residencia destacando la relevancia de cada una y los métodos para obtenerlas:
Residencia Fiscal:
Este concepto se introdujo con el fin de determinar el impuesto correspondiente a cada persona. El Impuesto Aplicable a los Residentes Fiscales que obtienen rentas puras de trabajo o de capital, es el Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF), mientras que el impuesto aplicable a los no residentes es el Impuesto a la Renta de los No Residentes (IRNR).
Los requisitos para configurar residencia fiscal en Uruguay, según la normativa vigente, son los siguientes y se debe cumplir con alguna de estas condiciones:
- Permanecer en territorio uruguayo por un período superior a 183 días al año.
- Establecer en territorio nacional el centro principal de sus actividades (mayores ingresos) o de sus intereses vitales (hijos menores o conyugue), en este caso no es necesario cumplir con el requisito de los 183 días.
- Residencia fiscal por tenencia de bienes inmuebles y otros (intereses económicos).
Cabe mencionar un aspecto importante: las personas físicas no residentes que pasan a ser residentes fiscales en Uruguay podrán optar por tributar el Impuesto a las Rentas de los No Residentes (IRNR) durante el ejercicio fiscal en el que ocurra el cambio de residencia, y durante los diez años fiscales subsiguientes. Esta opción solo podrá ser ejercida una vez y se aplicará exclusivamente a los ingresos de capital mobiliario generados en el extranjero. Al elegir esta opción, el nuevo residente fiscal no tendrá que pagar impuestos ni declarar dichos ingresos durante ese período.
El encargado de emitir la residencia Fiscal en Uruguay es La Dirección General Impositiva (DGI).
El proceso para obtener este certificado, debe realizarse para cada año calendario y variará según la situación particular de cada contribuyente.
Residencia legal:
La Residencia Legal es un trámite que permite a los extranjeros, vivir en Uruguay, trabajar legalmente en el país, y la posibilidad de obtener luego de 3 o 5 años la ciudadanía. Desde hace años, Uruguay ha estado implementando una política de inmigración orientada a atraer a nuevos talentos jóvenes del extranjero. Esta política se ha reflejado en un esfuerzo constante por simplificar y acelerar los trámites de inmigración, que anteriormente podían demorar más de dos años para obtener una residencia legal definitiva.
Si bien los extranjeros gozarán de los mismos derechos laborales que los trabajadores locales, es necesario que previamente cumplan con ciertos trámites obligatorios para la regularización de su situación, uno de ellos ante la Dirección Nacional de Migración, o Ministerio de Relaciones Exteriores.
Posteriormente a ello obtendrán la cédula de identidad a través de la Dirección Nacional de Identificación Civil, que es el documento que les permitirá finalmente ejercer actividades laborales de manera legal en Uruguay.
Es un derecho constitucionalmente reconocido el de ingreso y permanencia de los extranjeros a nuestro país, sin embargo, se encuentra limitado el período de residencia máxima en el mismo.
En este sentido, se debe establecer una diferencia entre aquellos extranjeros que vienen al país con fines turísticos, o recreación, y aquellos extranjeros que vienen con el fin de asentarse en el país y trabajar.
Existen varias categorías de residencia, y la elección de una de ellas depende de la duración de la estadía del migrante, su intención de residencia y su nacionalidad. Las residencias pueden ser otorgadas de manera definitiva o temporal, con ciertas particularidades para ciudadanos de países pertenecientes al Mercosur y otras naciones de América del Sur, así como para aquellos que ingresan al país por un período reducido.
Residencia Legal Definitiva:
Esta categoría de residencia se concede a migrantes que desean establecerse permanentemente en Uruguay. Los titulares de esta residencia pueden permanecer indefinidamente en el país, siempre y cuando no se ausenten por un período de tiempo superior a tres años o incumplan las condiciones por las cuales se les otorgó la residencia, lo que generalmente se asocia con actividades delictivas.
Residencia Temporal:
Esta categoría de residencia se concede a migrantes que tienen la intención de vivir en Uruguay por un período determinado, que es superior a seis meses, pero inferior a dos años.
Residencia Temporal Mercosur:
Esta variante de la residencia temporal está disponible solo para ciudadanos de los países miembros del Mercosur y otras naciones de América Latina.
Al igual que la residencia temporal, tiene una duración máxima de dos años.