Por la Cra. Daniela Rodríguez, Senior de Tax Compliance en EY Uruguay.
La Dirección General Impositiva implementa una nueva estrategia destinada a simplificar el cumplimiento de las normativas fiscales por parte de los contribuyentes.
En respuesta a la proliferación de cambios y adiciones normativas en los últimos años, la Dirección General Impositiva (DGI) ha decidido actualizar su compendio de normas vigentes.
El anterior Texto Ordenado, vigente desde 1996 (T.O. 1996), detallaba un conjunto de normativas fiscales aplicables a los contribuyentes, sirviendo como base regulatoria para los impuestos en Uruguay bajo la jurisdicción de la DGI.
El reciente Texto Ordenado (T.O. 2023), aprobado mediante el Decreto N° 101/024 del 4 de abril de 2024, reemplaza al anterior (T.O. 1996). Con esta actualización normativa, se pretende consolidar todos los cambios que han surgido en los últimos años, facilitando así su acceso y comprensión para los contribuyentes.
Es importante señalar que el nuevo documento ha incorporado toda la normativa vigente relacionada con los derechos, garantías y obligaciones de los contribuyentes. Aunque esta normativa ya existía previamente, no estaba integrada en el Texto Ordenado. Ahora, esta normativa se encuentra detallada en el Título I, titulado "Normas Generales de Derecho Tributario Nacional". Desde la perspectiva de la DGI, la inclusión de estas normas en el Título tiene como objetivo mejorar la relación entre el contribuyente y la autoridad fiscal, promoviendo una mayor transparencia en esta relación e incentivando el cumplimiento voluntario por parte de los contribuyentes.
Si bien el nuevo Texto Ordenado es bastante claro, aquellos familiarizados con la versión anterior pueden notar cambios en los números asignados a cada impuesto. Esto se debe a la derogación de algunos impuestos y la aparición de otros nuevos.
Es importante resaltar que todo el cambio normativo mencionado representa una acción importante y positiva por parte de la DGI, ya que busca simplificar y mejorar su relación con el contribuyente.
Consideramos este cambio absolutamente necesario debido a la cantidad de años transcurridos desde la última actualización del Texto Ordenado y a las numerosas modificaciones que han surgido desde entonces. Anteriormente, para acceder a la normativa actualizada, las personas debían estar al tanto de cada cambio posterior, lo que podía llevar a errores. Esto implicaba que el contribuyente pudiera estar aplicando una versión desactualizada de la normativa, lo que podría resultar en perjuicios durante procesos administrativos futuros.