República Dominica | República Dominica firma el acuerdo multilateral de autoridades competentes para el intercambio automático de información en materia de precios de transferencia

El 06 de julio de 2023, la República Dominicana firmó el acuerdo multilateral de autoridades competentes para intercambio de información del Reporte País por País (por sus siglas en inglés CbC MCAA).

  • Antecedentes

En octubre de 2018, la República Dominicana se adhirió al Marco Inclusivo de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE) y el G20 para el Plan de Acciones para Evitar la Erosión de la Base Imponible y el Traslado de Beneficios (por sus siglas en inglés BEPS).

Como parte de esta adhesión, el país se comprometió a la adopción de los estándares mínimos del Plan de Acciones BEPS, entre ellos, el de la Acción 13, relacionada con la documentación de precios de transferencia y el Reporte País por País.

Asimismo, en diciembre de 2019, entró en vigencia en la República Dominicana la Convención sobre Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal, que permite, bajo el artículo 6, el intercambio automático de información tributaria bajo el alcance y procedimientos determinados por mutuo acuerdo entre dos o más jurisdicciones.

De igual forma, el 05 de octubre de 2021, la República Dominicana dio a conocer la norma general 08-2021 sobre el Reporte País por País. Dicha norma establece que toda Sociedad Matriz Última de un Grupo Multinacional que resida a efectos fiscales en la República Dominicana, estará obligada a presentar el Reporte País por País a más tardar 12 meses después del último día del cierre del ejercicio fiscal.

Asimismo, detalla que aquellos contribuyentes alcanzados por la norma general 08-2021 deberán informar a la Dirección General de Impuestos Internos si es la Sociedad Matriz Última o la Sociedad Representante a más tardar el último día del ejercicio fiscal de presentación de información. De igual modo, cuando un contribuyente no sea la Sociedad Matriz Última ni la Sociedad Representante, deberá comunicar a la DGII la razón social y el país de residencia fiscal de la Entidad Informante, a más tardar tres meses antes del cierre del ejercicio fiscal de presentación de información del Grupo Multinacional.

  • Acuerdo multilateral de autoridades competentes para el intercambio de información del Reporte País por País

El CbC MCAA firmado por la República Dominicana, es uno de los acuerdos modelo diseñados para facilitar la implementación y operacionalización del intercambio automático de información de en virtud de lo dispuesto en el artículo 6 de la Convención sobre Asistencia Mutua en Materia Fiscal.

En ese sentido, establece las reglas y procedimientos necesarios que permiten a las autoridades competentes en las distintas jurisdicciones, intercambiar de forma automática y periódica la información sobre el Reporte País por País (Acción 13 del Plan BEPS), que presentan las entidades informantes de los grupos de empresas multinacionales a la autoridad tributaria de donde residen.

Este intercambio automático de información se podrá realizar con las jurisdicciones firmantes del CbC MCAA (100 jurisdicciones al 05 de septiembre de 2023), con las cuales se cuente con una relación activa.

  • Próximos pasos

Se espera que en un futuro la Dirección General de Impuestos Internos emita algún pronunciamiento o guías sobre la implementación y funcionamiento en la práctica de este nuevo compromiso adquirido en materia de intercambio de información

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Rafael Sayagués

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