República Dominicana | La Administración Tributaria concede una prórroga automática para presentar el CbCR

  • Los contribuyentes de la República Dominicana que estén obligados a presentar el Reporte País por País (Country-by-Country Report o CbCR por sus siglas en inglés) correspondientes al ejercicio fiscal 2023 deberán hacerlo antes del 31 de enero de 2025.

Los contribuyentes sujetos a la obligación de presentar el Reporte País por País (CbCR) tendrán hasta el 31 de enero de 2025 para presentar el CbCR correspondiente al ejercicio fiscal 2023. El 31 de diciembre de 2024, la Administración Tributaria dio a conocer el Aviso 26-24 anunciando la prórroga para los contribuyentes cubiertos por las obligaciones del CbCR para el ejercicio fiscal 2023.

  • Antecedentes

Las disposiciones establecidas en la Norma General No. 08-21 alcanzan a los contribuyentes que sean Sociedad Matriz Última o Entidad Integrante de un Grupo Multinacional que sean residentes de la República Dominicana y sus ingresos consolidados sean iguales o mayores a RD$38,800,000,000 (es decir, 750 millones de euros según el tipo de cambio de 2015 establecido en el Aviso No. 18-22).

  • Implicaciones

La Sociedad Matriz Última o Entidad Integrante de un Grupo Multinacional sujetas a la obligación deben asegurarse de cumplir con el plazo adicional otorgado y consultar a sus asesores fiscales de ser necesario

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