Panamá | La DGI reglamenta las operaciones y servicios de la Bolsa y Casas de Valores que deben implementar el sistema de facturación electrónica

De conformidad con lo establecido en la Ley 76 de 1976 y el Decreto Ejecutivo 25 de 27 de junio de 2022, la actividad de Bolsa y Casas de Valores debe implementar el uso de equipos fiscales autorizados o el Sistema de Facturación Electrónica de Panamá.

Para estos efectos, la Dirección General de Ingresos (DGI) emitió la Resolución No. 201-0806 del 30 de enero de 2023, a través de la cual reglamenta las operaciones y servicios realizados por la Bolsa y Casas de Valores que deben implementar el Sistema de Facturación Electrónica de Panamá.

A continuación, el detalle de las operaciones y fecha de implementación:

 

Actividad

Fecha de implementación

Tipificación de ingresos

  1. OTROS INGRESOS OPERATIVOS

A. Ingresos por Honorarios y Comisiones:

  • Ingresos por comisiones por servicios bursátiles del país.
  • Ingresos por comisiones como agente de servicios bursátiles en el exterior.
  • Ingresos por comisiones y honorarios por contratos de mandato y manejo de servicios de custodia de valores ante depositarios autorizados.
  • Ingresos por comisiones y honorarios por administración de cartera.
  • Ingresos y comisiones por asesoramiento para la suscripción de valores.
  • Ingresos por comisiones por colocación de primaria.
  • Ingresos por comisiones por contratos de agente de distribución primaria de títulos valores.
  • Ingresos por comisiones y honorarios profesionales por asesoría de finanzas corporativas.
  • Ingresos por comisiones por otros contratos de mandato y comisión de relativos al Mercado de Valores.
  • Ingresos por otras comisiones y honorarios profesionales relativas al mercado de valores.

B. Otros Ingresos Operativos Varios:

  • Aplica siempre que el ingreso esté relacionado con la naturaleza del negocio. Si se tratase de un rendimiento, no sería facturables.

C. Ingresos Extraordinarios

A partir del 31 de agosto de 2023 

Esta Resolución entró en vigencia desde su promulgación en Gaceta Oficial, el 23 de febrero de 2023.

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