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Nicaragua | El Ministerio de Gobernación publicó los requisitos y formatos para la presentación de estados financieros de los Organismos Sin Fines de Lucro

La Guía publicada por el Ministerio de Gobernación contiene indicaciones sobre los requisitos aplicables a la presentación de los estados financieros de los Organismos Sin Fines de Lucro, cuya presentación debe realizarse a más tardar el 28 de febrero de 2023.

El Ministerio de Gobernación (MIGOB) publicó en su sitio web una guía con indicaciones de los requisitos aplicables para la presentación de los estados financieros de los Organismos Sin Fines de Lucro (OSFL). Esta obligación deben cumplirla todos los OSFL a más tardar el 28 de febrero del 2023.

Para estos efectos, deberán cumplirse con los siguientes requisitos, entre otros, según corresponda a cada OSFL:

  • Carta de remisión de los Estados Financieros.
  • Estados Financieros certificados por Contador Público Autorizado (CPA). En el caso de OSFL con ingresos del período mayores a C$50 millones deberán presentarlos certificados y auditados.
  • Balance General, y balance comparativo con el periodo anterior y sus variaciones
  • Estado de Resultado, y estado de resultado comparativo con el periodo anterior y sus variaciones. 
  • Balanza de Comprobación a detalle.
  • Flujo de efectivo.
  • Detalle de activo fijos (mobiliario, equipo y equipo rodante).
  • Edificio y terreno (ubicación y medidas).
  • Estado de cambio de patrimonio.
  • Detalles de ingresos, otros ingresos, y gastos.
  • Detalle de donaciones.
  • Lista de todos los beneficiarios por cada proyecto (personas naturales, personas jurídicas, instituciones y OSFL).
  • Notas financieras, si presenta variaciones en cuentas o ajuste realizado (se deben adjuntar soportes contables).
  • Presentación de libros contables Diario y Mayor.
  • Copia de declaración de la Dirección General de Ingresos (DGI), sino está habilitado el portal de la DGI, deberá presentarlo posteriormente.
  • Copia de cédula RUC.
  • Lista de filiales, sucursales u otras oficinas donde opera el OSFL (si aplica).
  • Negativa de bienes emitido por el registro de la propiedad (si aplica).
  • Certificación de registro vehicular (si aplica).
  • Si el OSFL no ha tenido movimientos contables, deberá presentar certificación de CPA y los Libros Diario y Mayor.

Para la presentación de la información el MIGOB ha puesto a disposición los siguientes tres formatos que deben ser completados por los OSFL: i) Formato de donaciones recibidas, ii) Formato de entrega de donaciones a otros organismos o instituciones, y iii) Formato de activos fijos (propiedades y terrenos).

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