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Guatemala | Entra en vigencia la Ley de Fomento de Inversión de Capital Extranjero


La Ley busca fomentar los proyectos de inversión provenientes de capital de origen extranjero, mediante el establecimiento de un tratamiento tributario especial aplicable a quienes cumplan con determinados requisitos y condiciones.

Por medio del Decreto 46-2022, el Congreso de la República aprobó la “Ley de Fomento de Inversión de Capital Extranjero”, publicada el 19 de septiembre de 2022 en el Diario de Centro América. La Ley tiene por objeto fomentar los proyectos de inversión provenientes de capital de origen extranjero, y establece las condiciones y autorizaciones necesaria para gozar de un tratamiento especial.

Las disposiciones de la Ley podrán aplicar, tanto a personas físicas como jurídicas que realicen nuevas inversiones en el país relacionadas con la adquisición en propiedad, planta y equipo destinada a la producción, intermediación o transformación de bienes; así como en la prestación e intermediación de servicios en Guatemala. Este concepto abarca la reinversión de cualquier renta o capital generado en el país a través de su inversión original, siempre y cuando se traten de proyectos nuevos que correspondan a una actividad económica distinta en el territorio guatemalteco.

Los inversionistas únicamente pueden optar al tratamiento especial para la inversión de capital extranjero respecto de los bienes o servicios que se nacionalicen cuando califiquen para operar bajo las siguientes leyes:

  • Ley Orgánica de la Zona Libre de Industria y Comercio Santo Tomas de Castilla;
  • Ley de Zonas Francas; y,
  • Ley Orgánica de la Zona Franca de Industria y Comercio del Puerto de Champerico.

Se excluyen expresamente las actividades mineras, energéticas y las empresas calificadas bajo el Decreto 29-89.

De forma general, la Ley incluye, entre otras, las siguientes disposiciones:

  • El Ministerio de Economía resolverá las solicitudes para la aprobación del proyecto de inversión.
  • Los plazos otorgados para la calificación de proyectos de inversión oscilarán entre 3 y 10 años de acuerdo con Unidades de Inversión (UI) basadas en Promedios de Salarios Mínimos vigentes por día (PSM), las cuales van desde 800,000 hasta 6,800,000.
  • Se adiciona el artículo 53 bis al Decreto 10-2012, Ley de Actualización Tributaria, en el cual se establece que el Ministerio de Economía en la resolución de autorización del proyecto de inversión extranjera establecerá los incentivos que determine para tal proyecto. Esta resolución debe ser presentada por los interesados ante la Superintendencia de Administración Tributaria junto con los documentos que soporten la inversión, para la anotación correspondiente.

La Ley entró en vigencia el del 27 de septiembre de 2022.

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