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Costa Rica | El Poder Ejecutivo reglamenta la Ley de atracción de inversiones fílmicas en Costa Rica

El Reglamento detalla los requisitos, condiciones y trámites que deben cumplir los interesados en obtener los beneficios establecidos en la Ley de atracción de inversiones fílmicas en Costa Rica, para el desarrollo de proyectos específicos de inversión fílmica o audiovisual en el país.

El 14 de marzo de 2023, se publicó en el Diario Oficial La Gaceta el Decreto Ejecutivo N° 43996-H-COMEX-GOB, a través del cual se reglamenta la Ley de atracción de inversiones fílmicas en Costa Rica, Ley N° 10.071.

El Reglamento detalla los requisitos, condiciones y trámites que deben cumplir las personas físicas o jurídicas no domiciliadas, en su condición de productores o coproductores, interesadas en solicitar y obtener los beneficios establecidos en la Ley N° 10.071, en relación con los proyectos específicos de inversión fílmica o audiovisual debidamente aprobados por la Promotora Costarricense de Comercio Exterior (PROCOMER).

Los beneficios fiscales de la Ley para la atracción de inversiones fílmicas incluyen:

  • Exoneración del impuesto sobre la renta del trabajo personal dependiente
  • Suspensión de los tributos a la importación temporal de equipos y repuestos
  • Exoneración de tributos sobre equipaje (i.e. útiles, vestuario, maquillaje, escenografía)
  • Exoneración de tributos a la importación de insumos fílmicos
  • Devoluciones del IVA en casos específicos

Dichos beneficios están sujetos a una serie de condiciones y requisitos que se detallan en el Reglamento. Adicionalmente, el Reglamento contiene disposiciones sobre facilidades migratorias para los Proyectos específicos de inversión fílmica o audiovisual, así como disposiciones aplicables a la promoción de encadenamientos productivos.

Quienes estén interesados en aplicar a los beneficios de esta Ley, con el fin de desarrollar proyectos específicos de inversión fílmica o audiovisual en el país, deben revisar los requisitos y condiciones con el fin de poder aplicar a los mismos. 

Para más información puede contactar:

Rafael Sayagués

Juan Carlos Chavarría

Antonio Ruiz 

Guillermo Leandro

Randall Oquendo 

Paola Castro 

Daniel Quesada