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Costa Rica | Dirección General de Aduanas establece procedimiento para la inspección de mercancías por parte de otras autoridades estatales en el Puesto Fronterizo Peñas Blancas


  • La DGA establece que la inspección de mercancías para su nacionalización o exportación por otras autoridades estatales podrá realizarse sin presencia de la autoridad aduanera. La autoridad que efectúe la inspección deberá reportar la fecha, hora y funcionarios que la realizaron.

Como consecuencia de la construcción del nuevo Puesto Fronterizo de Peñas Blancas, en el marco del Programa de Integración Fronteriza que ejecuta el Ministerio de Comercio Exterior, la Dirección General de Adunas (DGA) estableció un procedimiento específico para la inspección de mercancías.

A través de la circular MH-DGA-CIR-0027-2023, la DGA comunica que la inspección de mercancías para su nacionalización o exportación por otras autoridades estatales podrá realizarse sin la presencia de la autoridad aduanera.

Para tales efectos, la autoridad que efectúe la inspección deberá reportar la fecha y hora de esta, así como los funcionarios que la realizaron. Por su parte, el declarante o transportista deberá actualizar en el sistema la información relacionada con el nuevo precinto colocado.

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