Régimen de Reposición de Existencias “Repo-Stock”

Recientemente, fue implementado el Decreto (PEN) N.° 779/2024, mediante el cual se establecieron ciertas modificaciones al Régimen de Reposición de Mercaderías Importadas sometidas a procesos de Perfeccionamiento Industrial, conocido como “Repo – Stock”.

Cabe mencionar que el Régimen de “Repo-Stock” establece la posibilidad de importar mercaderías destinadas a la reposición de aquellas previamente importadas para consumo y utilizadas en procesos productivos. En dichos casos, las mercaderías no abonan los tributos que gravan la importación para consumo. Si bien este Régimen se implementó mediante el Decreto (PEN) N.° 1330 del año 2004, su utilización por parte de diversas compañías se veía restringida debido a la falta de sistematización del Régimen por parte de la autoridad de aplicación.

En este sentido, el Decreto (PEN) N.° 779 en análisis, establece como dos cuestiones principales:

  1. La simplificación en la certificación de importaciones: la autorización para la importación con beneficio de reposición será gestionada por la Subsecretaría de Comercio Exterior a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior Argentino (VUCEA), logrando una digitalización en el proceso.
  2. La eliminación del requisito de y origen en la reposición: los usuarios directos podrán importar mercaderías para reponer las previamente exportadas, sin necesidad de que provengan del mismo origen.

Estas modificaciones resultan interesantes para analizar la utilización de este Régimen, especialmente por los ahorros que el mismo podría generar en los costos asociados a las importaciones. 

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