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Modifican reglamento de autorización de empresas y representantes financieros y el TUPA de la SBS

El 05 de agosto de 2024 se publicó en el Diario Oficial El Peruano la Resolución SBS N° 02721-2024 (la “Resolución”), que modifica el Reglamento de autorización de empresas y representantes de los Sistemas Financiero y de Seguros, y el TUPA de la SBS. 

Objeto 

La Resolución tiene como finalidad precisar aspectos referidos a la simplificación de los criterios de evaluación y requisitos para la supervisión consolidada de las Empresas de Créditos. 

Alcance 

La Resolución es aplicable a las empresas del sistema financiero.

¿Cuáles son las principales modificaciones de la Resolución? 

  • Información sobre accionistas

Para el caso de los accionistas o beneficiarios finales cuya supervisión consolidada no corresponda a la SBS, los organizadores deben presentar, conjuntamente con la solicitud de organización, lo siguiente:

Antes: Debían entregar una constancia emitida por el organismo similar a la SBS encargado de supervisar a dichos entes indicando que no encuentra objeción a la solicitud de organización.

Ahora: Deben acreditar que han comunicado al supervisor de origen que este recibirá un cuestionario de la SBS sobre aspectos de supervisión consolidada.

No aplica a las Empresas de Créditos.

  • Información sobre grupo económico

En caso los accionistas pertenezcan a un grupo económico, los organizadores deben presentar, conjuntamente con la solicitud de organización, la siguiente información:

  1. Breve reseña de los antecedentes del grupo económico.
  2. Ámbito geográfico del grupo económico.
  3. Diagrama del grupo económico.
  4. La relación de los propietarios significativos de los integrantes del grupo económico y sus beneficiarios finales y el número de acciones.
  5. La relación de los beneficiarios finales de los integrantes del grupo económico que no son propietarios significativos.
  6. En caso corresponda, el impacto de la constitución de la empresa en los grupos consolidables, así como la proyección de los requerimientos patrimoniales y el cálculo del patrimonio efectivo de dichos grupos.

En el caso de las Empresas de Créditos solo deberán considerar los requisitos 1, 3, 4 y 5.

Entrada en vigencia

La Resolución entró en vigencia el 06 de agosto de 2024.

Finalmente, la mencionada Resolución se podrá visualizar aquí.