Costa Rica | Se introducen cambios al Reglamento a la Ley del IVA relacionados con el sector turismo
Por medio del Decreto Ejecutivo N° 43254-H, se reforman varios artículos y un transitorio del Reglamento a la Ley del Impuesto sobre el Valor Agregado (IVA), con el fin de ajustar dicho Reglamento a lo dispuesto en la Ley N° 9882, sobre atención al sector turismo debido a la pandemia por COVID-19.
Antecedentes
Por medio de dicha Ley se pretendió generar ayudar a este sector, a través de: i) una reforma al artículo 26 de la Ley del IVA, para otorgar un reconocimiento del crédito fiscal pleno en los servicios de transporte aéreo internacional; y ii) la extensión de la aplicación del Transitorio IX de la Ley del IVA, que establece una entrada escalonada de la tarifa del impuesto en los servicios de turismo que cumplan con las condiciones establecidas legal y reglamentariamente.
De conformidad con dicho Transitorio, la aplicación de las tarifas del IVA en dichos servicios de turismo se realizaría de la siguiente forma:
Periodo |
Tarifa |
Del 1 de julio de 2019 al 30 de junio de 2020 |
Exentos |
Del 1 de julio de 2020 al 30 de junio de 2021 |
4% |
Del 1 de julio de 2021 al 30 de junio de 2022 |
8% |
A partir del 1 de julio de 2022 |
13% |
Decreto Ejecutivo N° 43254-H
En línea con lo anterior, a través del Decreto publicado el día hoy se pretende ajustar el Reglamento a las disposiciones contenidas en la Ley N° 9882.
En ese sentido, se modifican los numerales 30 y 32 del Reglamento, para ajustar la normativa reglamentaria a la disposición legal que reconoce la aplicación de créditos plenos a favor de los servicios de transporte aéreo internacional incluidos en el inciso 1) subinciso a) del artículo 11 de la Ley.
Adicionalmente, se modifica el Transitorio IX del Reglamento, para que refleje, con base en la extensión concedida en la Ley N° 9882, la forma en que aplica la entrada escalonada del IVA para los servicios de turismo:
Periodo |
Tarifa |
Del 1 de julio de 2020 al 19 de agosto de 2020 |
4% |
A partir del 20 de agosto de 2020 y hasta el 30 de junio de 2021 |
Exentos |
A partir del 1 de julio de 2021 y hasta el 30 de junio de 2022 |
4% |
A partir del 1 de julio de 2022 y hasta el 30 de junio de 2023 |
8% |
A partir del 1 de julio de 2023 |
13% |
Esta reforma rige a partir de su publicación.