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Costa Rica | La Dirección General de Aduanas comunica disposiciones aplicables a la importación y exportación


Mediante la circular MH-DGA-CIR-0039-2023, la Dirección General de Aduanas (DGA) solicita a los transportistas aduaneros que realicen importaciones a través del Puesto Fronterizo de Paso Canoas que no transmitan un manifiesto de carga, sino que realicen la importación asociada al DUCA-T. Lo anterior tiene el propósito de agilizar los trámites y la autorización de las DUCA-T, debido a la próxima inauguración del Centro de Control Fronterizo DARIZARA en la frontera de Paso Canoas.

Por otro lado, la Circular MH-DGA-CIR-0040-2023 informa del oficio DM-COR-CAE-0516-2023 del Ministerio de Comercio Exterior, en el cual se adoptaron medidas regulatorias de carácter temporal para los transportistas hondureños. Según esta disposición, las unidades de transporte no podrán ingresar vacías y, además, únicamente podrán cargar mercancías en Costa Rica con destino a Honduras. Esta disposición aplica a partir del 13 de julio, hasta tanto Honduras garantice el efectivo cumplimiento de la normativa centroamericana.

Finalmente, a través de la circular MH-DGA-CIR-0041-2023, la DGA comunica que, a partir del 13 de julio de 2023, las exportaciones realizadas por medio de la Terminal de Contenedores en Moín serán objeto de inspección no intrusiva mediante el escaneo de contenedores, seleccionados por el sistema informático TICA. Con esta medida, la DGA pretende garantizar la seguridad y la buena imagen de la marca país en los mercados internacionales.

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