El ejecutivo de EY precisó que entre los requisitos mínimos que las empresas deben cumplir en materia de protección al consumidor figuran:
1. Cumplir con el deber de idoneidad, es decir, que exista una correspondencia entre lo que la empresa ofrece al consumidor y lo que finalmente este recibe.
2. Brindar información oportuna, suficiente, veraz y accesible, a fin de que la elección de consumo se ajuste a los intereses del consumidor.
3. Atender oportunamente los reclamos: es importante contar con mecanismos para atenderlos dentro del plazo previsto legalmente, que es 15 días hábiles, de acuerdo con la última modificación al Código de Protección y Defensa del Consumidor.
4. No incurrir en prácticas discriminatorias. El trato diferente a consumidores debe obedecer a causas objetivas y razonables.